Las dos comunidades, colistas en arrancar con la muerte digna, imponen a las personas que quieran acceder a la prestación rehacer los testamentos vitales redactados con anterioridad a la nueva ley, algo imposible para los enfermos que en la actualidad padecen alguna enfermedad que bloquea sus capacidades cognitivas, como el alzheimer
Hace diez años Eskarne registró su testamento vital en el que dejaba claro su deseo de beneficiarse de la eutanasia. Por aquel entonces se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales. Cuando su deterioro físico y mental llegó a ser severo, y gracias a la entrada en vigor de la Ley de Eutanasia, aprobada en el Congreso el pasado 24 de marzo y refrendada por Euskadi el 25 de junio, Eskarne se convirtió en la primera persona en el Estado en acceder a esta prestación de manera legal.
Ese testamento vital, también llamado documento de instrucciones previas, redactado antes de que la ley entrara en vigor, fue válido para cumplir con su deseo, posibilidad que Andalucía y Madrid bloquean. “En aquellos casos en los que hubiese expresado la voluntad de solicitar la eutanasia en determinadas circunstancias, antes de la publicación de esta Ley, deberá actualizar el documento de instrucciones previas para hacer constar y actualizar dicha voluntad”, se puede leer en la web de prestación de la eutanasia de Madrid y en el portal para tal fin de Andalucía con calcada redacción.
“Las personas con demencia o Alzheimer si tenían registrado su deseo de acogerse a la eutanasia, y hoy ya no tienen capacidades cognitivas plenas, no podrán hacerlo porque no pueden actualizar su testamento vital”
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